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Reglamento Uso de las Instalaciones Deportivas Municipales |
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26 de diciembre de 2007 |
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Capítulo II. Derechos y Obligaciones Generales de los Usuarios
Artículo 4.- Derechos de los Usuarios
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Ser tratados con educación y amabilidad por todo el personal que presta servicios en el Área de Deportes de la Fundación Ilugo y sus instalaciones.
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Disfrutar, de acuerdo a las normas de uso establecidas y a las tarifas vigentes, de todos los servicios que preste la Fundación Ilugo y sus instalaciones.
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Hacer uso de las instalaciones en los días y horarios señalados en el programa o alquiler contratado, si bien, la Fundación por necesidades de programación o fuerza mayor, podrá anular o variar las condiciones establecidas, comunicando siempre esta circunstancia a los usuarios afectados con el tiempo suficiente.
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Hacer uso de los servicios y espacios complementarios como vestuarios, aseos, etc.. en los términos previstos en el presente Reglamento o en las de uso interno de cada una de las instalaciones.
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Encontrar las instalaciones, el mobiliario y el material deportivo en perfectas condiciones de uso.
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Presentar las quejas, sugerencias o reclamaciones que estimen convenientes por escrito en las hojas disponibles en la Conserjería de las instalaciones o en las propias oficinas centrales de la Fundación.
Artículo 5.- Obligaciones de los Usuarios
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Utilizar las instalaciones, material y mobiliario adecuadamente, evitando posibles deterioros o daños en las instalaciones o a la salud y derechos de los otros usuarios.
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Guardar el debido respeto a los demás usuarios y al personal de las instalaciones, así como atender en todo momento las indicaciones del personal de las Instalaciones deportivas, cuyo cometido es supervisar toda actividad que se realice en el recinto y sus dependencias.
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Acceder a la instalación para realizar la actividad con indumentaria deportiva completa, observándose especialmente la necesidad de calzado adecuado para cada pavimento. Esta norma rige también para las actividades a realizar en pistas e instalaciones al aire libre.
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Abonar el precio publico correspondiente al servicio o la actividad elegida, dentro de los plazos que se establezcan y que serán anunciados con la antelación suficiente, por los medios que se estimen oportunos. En todo caso, siempre se expondrán en los tablones de anuncios de cada instalación deportiva.
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Presentar el carnet, tarjeta o documento identificativo estipulado para acreditar su condición de usuario, no pudiendo cederlo o transmitirlo a un tercero.
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Cumplir los horarios establecidos en los alquileres de las unidades deportivas.
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Abandonar las instalaciones una vez finalizada la actividad en la que participe o se encuentre inscrito. El acceso a los vestuarios se permitirá 15 minutos antes del horario consignado como comienzo de la actividad en el recibo correspondiente. La salida será como máximo 25 minutos después de finalizar su horario.
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No fumar en las instalaciones deportivas.
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No dejar objetos fuera de las taquillas de los vestuarios, así como ocupar con ropa, toallas, etc… las cabinas individuales, duchas o cualquier otro espacio de los vestuarios. Sólo se podrá tener ocupada la taquilla durante la realización de la actividad. La Fundación no se responsabilizará de los objetos perdidos en las instalaciones. Existe un departamento de objetos perdidos en la Conserjería de la instalación. Cualquier objeto que sea depositado en ella, permanecerá un máximo de 10 días. Pasado este periodo, la Fundación no se hará responsable de los mismos.
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La Fundación no se hará responsable ante el usuario en caso de accidentes o desperfectos derivados del incumplimiento por parte de éste, de las presentes Normas; de un comportamiento negligente de otro usuario o un mal uso de las instalaciones, equipamientos y servicios.
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